Las familias numerosas, las de mayor riesgo de pobreza laboral, según un estudio de la Comisión Europea
La pobreza laboral, la de personas que tienen empleo, pero no logran cubrir sus necesidades básicas, afecta de forma más intensa a los hogares con 3 o más hijos, en los que se sitúa en el 19%, más del doble de la media (8%). Así lo revela el último informe European Employment and Social Outlook – Quarterly Review (enero 2026), elaborado por la Comisión Europea, que determina que la pobreza tiene un impacto especialmente severo en las familias numerosas.
Este estudio, titulado “Who are the working poor?”, analiza la pobreza laboral y las condiciones sociales en los Estados miembros y confirma que el tamaño del hogar es un factor determinante en el riesgo de exclusión. En particular, las familias con tres o más hijos presentan una vulnerabilidad claramente superior a la media europea, que supone 11 puntos por encima y más del doble que el conjunto de hogares de Europa, con o sin hijos.
La presión de los costes de crianza
Elaborado por la Dirección General de Empleo, Asuntos Sociales e Inclusión (DG EMPL), el informe pone de relieve que, aunque el empleo reduce el riesgo de pobreza, no lo elimina en el caso de muchos hogares con responsabilidades familiares elevadas. Los costes asociados a la crianza —vivienda, alimentación, educación y energía— ejercen una presión adicional sobre los ingresos, incluso cuando hay miembros ocupados, de manera que la pobreza laboral y el riesgo de pobreza relativa aumentan progresivamente con el número de hijos en el hogar.
En este contexto, el 19% registrado en las familias con tres o más hijos refleja una brecha estructural respecto a los hogares sin hijos o con uno o dos menores. En el caso de los hogares sin hijos dicha tasa de pobreza alcanza el 7% y en el caso de las familias con uno o dos hijos se sitúa en 8 o 9%, respectivamente. La pobreza se intensifica en las familias numerosas, impactando en 1 de cada 5 trabajadores con tres o más hijos, según datos de Eurostat 2024.
El riesgo de pobreza tiende también a ser mayor en los hogares que incluyen adultos que no trabajan. Esta situación afecta muy singularmente cuando uno o más adultos reduce sus horas de trabajo o deja de trabajar debido a la asunción de responsabilidades familiares o la atención al cuidado de dependientes, según refleja el estudio.
El tamaño del hogar, factor estructural de riesgo
Existen perfiles particularmente expuestos a sufrir una mayor vulnerabilidad social y que se ven afectados por la situación de pobreza laboral. En este contexto, el número de hijos incrementa de forma directa la probabilidad de situarse por debajo del umbral de la pobreza.
El estudio señala que la pobreza laboral está vinculada a la calidad del empleo, la composición del hogar y al perfil de los trabajadores. Entre otros factores, los trabajadores se encuentran en mayor riesgo de pobreza en aquellos casos en los que cuentan con ingresos reducidos, trabajan a tiempo parcial, cuentan con empleos temporales, cuentan con un menor nivel educativo o cuentan con mayores responsabilidades familiares por el cuidado de hijos o personas dependientes a cargo.
Para afrontar la pobreza se requiere de una combinación de políticas que apoyen una mayor intensidad en el trabajo, promuevan un empleo de mayor calidad, como salarios adecuados o el apoyo en la flexibilidad laboral para equilibrar la vida laboral y familiar. Por último, el informe remarca la necesidad de proporcionar un apoyo adecuado a los hogares en situación de vulnerabilidad, como en el caso de los hogares con mayor número de hijos o personas dependientes.
Acceso al estudio completo AQUÍ

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Maternidad, brecha de género y familias numerosas: un reconocimiento aún incompleto
La medida compensa pérdida de cotización, pero no reconoce la maternidad en sí misma ni introduce diferenciación para quienes tienen cinco o más hijos, lo que plantea interrogantes para las madres de familias numerosas.
Esto afecta especialmente a:
- Madres que retrasan su incorporación al mercado laboral por dedicarse al cuidado de los hijos.
- Mujeres que abandonan su empleo durante largos periodos para atender a familias numerosas.
- Trayectorias marcadas por excedencias, jornadas muy reducidas o empleos informales sin cotización.
El complemento para la reducción de la brecha de género se presentó como una herramienta destinada a corregir el impacto que la maternidad ha tenido históricamente en las pensiones de las mujeres. Sin embargo, su configuración actual deja fuera situaciones especialmente relevantes desde la perspectiva de los cuidados: madres que se incorporaron más tarde al mercado laboral, madres que no han podido cotizar lo suficiente y, de forma muy directa, madres con más de cuatro hijos.
Conviene aclarar desde el principio qué es y qué no es esta medida. El complemento no es una ayuda independiente ni una prestación familiar autónoma: es un importe adicional que se integra en determinadas pensiones contributivas (jubilación, incapacidad permanente o viudedad) cuando se cumplen los requisitos. Su lógica no es reconocer la maternidad como aportación social en sí misma, sino compensar, dentro del sistema contributivo, el perjuicio económico derivado de haber cotizado menos como consecuencia del cuidado de hijos.
Desde el 1 de enero de 2026, el complemento asciende a 36,90 euros mensuales por cada hijo, con un máximo de cuatro, y se abona en 14 pagas anuales. La cifra es clara y el límite también lo es. A partir del cuarto hijo no existe incremento adicional: una madre con cinco, seis o más hijos percibe exactamente la misma cuantía que una con cuatro. En la práctica, el sistema deja de contar hijos en ese punto.
Este tope afecta de lleno a las familias numerosas de categoría especial, aquellas que tienen cinco o más hijos. El mensaje implícito es inevitable: el esfuerzo adicional de la maternidad más allá de cuatro hijos no se traduce en reconocimiento adicional dentro de este instrumento.
A ese límite cuantitativo se suma otro, todavía más determinante: el complemento solo puede existir si existe pensión contributiva. Si una madre no alcanza el mínimo de cotización exigido para acceder a una pensión contributiva, el complemento no puede aplicarse. Dicho de manera directa, la maternidad sin cotización suficiente no genera derecho dentro de esta medida.
Entre ambos extremos hay un supuesto que conviene visibilizar: quienes se incorporaron más tarde al mercado de trabajo precisamente por la maternidad. El complemento no corrige ese desfase de forma estructural. No añade años ficticios de cotización ni reconstruye la carrera; se limita a sumar una cuantía fija por hijo a una pensión ya reconocida, el complemento, por sí solo, no la neutraliza.
Este diseño genera una paradoja de fondo: el sistema afirma querer reducir la brecha vinculada a la maternidad, pero su protección efectiva se concentra en quienes han permanecido dentro del mercado laboral. Quedan fuera o quedan insuficientemente cubiertas aquellas mujeres cuya dedicación al cuidado fue más intensa. En familias numerosas hay lagunas de cotización y bases más bajas, con un impacto acumulado que un complemento fijo difícilmente puede compensar.
Por eso, cuando se analiza el complemento en clave de familias numerosas, la cuestión no es solo cuánto se añade, sino a quién alcanza y qué realidades deja fuera. El límite de cuatro hijos y el requisito de estar dentro del sistema contributivo marcan una frontera clara. Y esa frontera coincide con dos perfiles frecuentes: madres con dedicación de cuidados que afecta profundamente su vida laboral y familias de categoría especial (5 o más hijos) sin reconocimiento adicional.
En un contexto en el que el debate público insiste en la necesidad de apoyar la natalidad y garantizar la sostenibilidad futura del sistema de pensiones, estos límites invitan a una reflexión: reconocer parcialmente la pérdida de cotización es un paso, pero quizá no basta para reflejar el valor social del cuidado cuando este ha sido prolongado, intenso o excepcionalmente exigente, como ocurre en muchas familias numerosas.
El complemento sigue sometiendo el reconocimiento de la maternidad a una lógica estrictamente laboral. La aportación demográfica y social de quienes han criado cinco o más hijos no encuentra un reflejo proporcional y la maternidad que ha implicado una renuncia real al empleo queda fuera de su alcance. El resultado es una compensación que, en algunos casos, llega tarde, llega limitada o simplemente no llega.
Desde FEDMA consideramos que el diseño actual del complemento no responde plenamente a la realidad de muchas madres y, de forma particularmente clara, a la de las familias numerosas. No parece razonable condicionar el reconocimiento de forma tan rígida a haber cotizado lo suficiente. Tampoco parece coherente que el sistema detenga el reconocimiento en el cuarto hijo cuando a partir de ese punto están las familias de categoría especial, con mayor aportación demográfica y esfuerzo de cuidados.
El sistema público de pensiones se fundamenta en la solidaridad intergeneracional. Esa solidaridad depende de que existan generaciones futuras y de que alguien las críe y cuide. Las familias numerosas realizan una aportación con efectos directos sobre la sostenibilidad demográfica. Sin embargo, esa realidad no se refleja con suficiente claridad en el diseño del complemento.
Resulta significativo que no exista una propuesta estratégica clara y a largo plazo que conecte de manera coherente política demográfica y diseño del sistema de jubilación.
Por ello, entendemos que es necesario abrir un debate técnico serio para introducir mecanismos que reconozcan mejor el valor social de la maternidad y los cuidados, incluso con incorporación tardía o interrupción prolongada. El reconocimiento en la jubilación no debería detenerse en un número máximo de hijos ni depender exclusivamente de haber podido cotizar.
Mientras no exista una estrategia demográfica clara, transversal y a futuro que conecte natalidad y sostenibilidad del sistema de pensiones, el reconocimiento de la maternidad seguirá siendo parcial y condicionado, y continuará existiendo una brecha entre el discurso público y el diseño real de la jubilación.
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Carta modelo para la Consejería de Educación de la Comunidad de Madrid
Para solicitar a la Consejería de Educación de la Comunidad de Madrid y a la Dirección General de Becas y Ayudas al Estudio una consideración específica para las familias numerosas en el acceso a las becas de comedor escolar.
A la atención del Excma. Sra. consejera de Educación de la Comunidad de Madrid y del director general de Becas y Ayudas al Estudio Consejería de Educación, Ciencia y Universidades Comunidad de Madrid
Asunto: Solicitud de consideración específica para las familias numerosas en el acceso a las becas de comedor escolar
En Madrid a X de XXXX de 2026.
Excmos. Sres:
Yo, _______________________________________________ quiero trasladarles una solicitud de especial relevancia para miles de hogares madrileños: el reconocimiento de una consideración particular y específica para las familias numerosas en el acceso a las becas y ayudas de comedor escolar, con independencia del nivel de renta.
Las familias numerosas, por definición, afrontamos una realidad social y económica distinta al resto. La presencia de tres o más hijos implica un esfuerzo sostenido en el tiempo y una contribución esencial al conjunto de la sociedad, al garantizar la renovación generacional y el aporte de capital humano que toda comunidad necesita para su desarrollo y sostenibilidad futura.
Las políticas de apoyo a las familias numerosas no deben entenderse como una concesión, ayuda, subsidio o privilegio, sino como una forma de equilibrio y justicia social que compensa el elevado coste que supone la crianza de varios hijos y reconoce el valor social de quienes asumen esa responsabilidad. En este sentido, las ayudas y medidas de protección son también una expresión de la acción promocional e incentivadora de los gobiernos, orientada a sostener y fortalecer el tejido familiar y social.
Por ello, solicito que la Comunidad de Madrid contemple establecer un acceso directo y sin limitación de renta a las becas y ayudas de comedor escolar para las familias numerosas de la región.
Esta medida no solo sería coherente con la filosofía de apoyo a la familia que inspira a la Comunidad de Madrid, sino que además supondría un reconocimiento tangible del papel decisivo que las familias numerosas desempeñan en el bienestar presente y futuro de nuestra sociedad.
Agradezco de antemano su atención y quedo a disposición para colaborar en el desarrollo técnico y normativo que esta medida pudiera requerir.
Atentamente,
Nombre y apellidos:
Dirección electrónica / teléfono:
👁️Enviar a dgconcertadaybecas@madrid.org
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¿200 euros al mes por cada hijo? Lo que deben saber las familias numerosas sobre la “prestación universal por crianza”
El anuncio del Gobierno sobre una prestación universal de 200 euros al mes por cada hijo menor de 18 años ha generado ilusión… y también mucha confusión entre las familias numerosas.
Desde la Federación Madrileña de Familias Numerosas (FEDMA) nos hacemos eco del artículo de José Antonio Méndez, donde se explican con detalle los términos del anuncio realizado por el Gobierno sobre una supuesta prestación universal de 200 euros al mes por cada hijo menor de edad.
📌 ¿Está aprobada la ayuda de 200 euros por hijo?
No.
A día de hoy, no existe ninguna ley ni decreto en vigor que reconozca este derecho.
Lo aprobado recientemente en el Consejo de Ministros es un marco estratégico dentro de la revisión de la Estrategia de Desarrollo Sostenible 2030, que incluye el compromiso de “avanzar” hacia una prestación universal por crianza.
Pero una meta política no equivale a una ayuda real en el bolsillo.
💰 ¿En qué consistiría la prestación si se aprobara?
Según lo anunciado:
- 200 € al mes por cada hijo menor de 18 años.
- 2.400 € al año por hijo.
- Sin límite de hijos por familia.
- Con vocación universal (para todas las familias).
El ministro ha señalado que:
- Las familias vulnerables la recibirían directamente.
- Las rentas altas la devolverían vía Declaración de la Renta.
- Las familias con mayores ingresos “pagarían la suya y la de los demás”.
Pero no existe texto legal que detalle cómo funcionaría realmente.
👨👩👧👦 ¿Sería compatible con otras ayudas?
Se ha mencionado que podría ser compatible con el Complemento de Ayuda a la Infancia del IMV.
Sin embargo, hasta que no haya normativa publicada, no se pueden confirmar requisitos, compatibilidades ni procedimiento de solicitud.
📜 ¿Es una medida nueva?
No exactamente.
Ya se incluyó una versión anterior (100 € mensuales de 0 a 3 años) en la llamada Ley de Familias, que lleva paralizada en el Congreso desde 2023.
Es decir, no es la primera vez que se anuncia, pero nunca ha llegado a aplicarse.
📊 ¿Cuánto costaría esta medida?
Según datos del INE (1 de enero de 2025), en España hay 7.960.945 menores de 18 años.
El cálculo sería:
- 7.960.945 menores × 200 € = 1.592 millones € al mes
- 1.592 millones € × 12 meses = 19.106 millones € al año
Para que os hagáis una idea:
- Supone más del 20% de toda la recaudación anual por IVA.
- Es más de tres veces el presupuesto del Ministerio de Educación.
- Multiplica por 14 lo recaudado con el nuevo impuesto a la banca.
Estamos hablando de una medida de enorme impacto presupuestario que requeriría financiación específica y Presupuestos Generales aprobados.
🏛 ¿Puede aprobarse sin Presupuestos?
Técnicamente podría intentarse vía Real Decreto-Ley, pero:
- Necesitaría apoyo parlamentario.
- Necesitaría financiación real.
- Tendría que ser convalidado por el Congreso.
Sin dinero asignado, no puede ponerse en marcha, aunque se anuncie.
⚖ ¿Qué significa esto para las familias numerosas?
Desde FEDMA queremos trasladar un mensaje claro:
✔️ La prestación universal por crianza no está aprobada.
✔️ No hay fecha de entrada en vigor.
✔️ No se puede solicitar.
✔️ No existe normativa en tramitación pública actualmente.
Entendemos que muchas familias numerosas necesitan medidas estructurales de apoyo a la crianza. De hecho, la protección de las familias numerosas está recogida en la Ley 40/2003 , que establece el marco jurídico de beneficios fiscales, sociales y administrativos.
Pero esta nueva prestación, hoy por hoy, es un anuncio político sin desarrollo normativo ni dotación económica.
🧭 Conclusión: prudencia y realismo
Las familias numerosas sois un pilar esencial para el equilibrio demográfico y social. Las políticas públicas deben ser:
- Estables
- Financiadas
- Sostenibles
- Y jurídicamente garantizadas
Desde la Federación Madrileña de Familias Numerosas seguiremos informando con rigor y defendiendo medidas reales que compensen las cargas familiares y apoyen la natalidad con seguridad jurídica.
📢 Si se produce cualquier avance legislativo real, os lo comunicaremos inmediatamente a través de nuestros canales habituales.
Porque las familias necesitan certezas, no titulares.
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Familias numerosas defiende el bono social para estos hogares como medida de apoyo y protección a la infancia
NOTA DE PRENSA
Ante la Estrategia contra la Pobreza Energética aprobada hoy por el Gobierno
Familias numerosas defiende el bono social para estos hogares como medida de apoyo y protección a la infancia
- La Federación Española de Familias Numerosas pide al Ministerio que conozca la realidad económica de las familias numerosas, que soportan el alto coste de la crianza de 3 o más hijos: 1 de cada 3 vive con menos de 2.500 euros y 7 de cada 10 llegan con dificultades a fin de mes
- La FEFN recuerda que esta tarifa social es una forma de apoyar a las familias con más hijos en un suministro básico como luz, y compensar su aportación social y la penalización que sufren en el consumo por ser más: “más hijos, más lavadoras”
Madrid. 17 de febrero de 2026. La Federación Española de Familias Numerosas (FEFN) ha pedido al Gobierno que mantenga el acceso al bono social para las familias numerosas como medida de protección económica para estos hogares, a los que en su día y a lo largo de sucesivas reformas del bono social, se ha considerado un colectivo vulnerable por sus especiales características.
La FEFN ha defendido hoy el mantenimiento del bono social para estos hogares, tras aprobarse la Estrategia contra la Pobreza Energética, que incluye una referencia a la renta para que el bono llegue realmente a quien lo necesita. En este sentido, la FEFN recuerda que las familias numerosas son un colectivo de especial protección, que merece apoyo económico y social, porque tienen menores a su cargo, que está criando y formando con un importante esfuerzo económico.
Realidad económica
La mayoría de las familias numerosas vive con ingresos ajustados y tiene que hacer malabares para cubrir todas sus necesidades. Según el último Estudio sobre las Familias Numerosas en España, realizado por la FEFN en septiembre de 2025, 3 de cada 4 familias (75%) tiene dificultades para llegar a fin de mes, para cubrir todos los gastos que se generan en un hogar de 5 o más personas, con 3 o más menores dependientes. Según este mismo estudio, el 60% de las familias numerosas no supera los 3.500 euros de ingresos, un tercio, es decir, 1 de cada 3 familias ingresa menos de 2.500 y un 18% vive con menos de 2.000 euros mensuales.
“Estos datos presentan una realidad muy alejada de la imagen que se tiene de las familias numerosas, que es un colectivo amplio con familias muy diferentes, pero la gran mayoría, más del 60%, tiene 3 o 4 hijos y hace un esfuerzo diario en la crianza de sus hijos que se debe apoyar y compensar”, explican fuentes de la FEFN.
La FEFN pide al Gobierno que tenga en cuenta esta realidad económica a la hora de establecer un límite de renta, para que no se deje fuera a miles de familias con hijos, para las que el bono social es una pequeña ayuda en forma de bonificación en el precio de la electricidad. La FEFN insiste en que las familias numerosas son un colectivo vulnerable, el 47,1% se encuentra en riesgo de pobreza o exclusión social, según los datos de Eurostat de 2025, y presentan una tasa de pobreza 17 puntos más elevada que el resto de hogares con menores dependientes a cargo.
Además, la entidad familiar considera que las familias numerosas son uno de los colectivos que merecen apoyo, reconocimiento y protección especial, como activo por la contribución y el valor que aportan a la sociedad en forma de capital económico y social, puesto que son las que garantizan la tasa de reemplazo generacional para el sostenimiento del Estado del Bienestar Social a medio y largo plazo.
El bono social supone además compensar la penalización que sufren por consumo por el simple hecho de ser más: al tener mayores necesidades energéticas, tienen que contratar una potencia mayor y pagar más caro el precio del kilowatio: “consumen más por una simple cuestión de número, ya que, a más hijos, más lavadoras, más duchas…, pero su consumo “per capita” es realmente más bajo que el que pueda haber en otros hogares”.
La FEFN confía en que los cambios en el bono se hagan con consenso y contando con las asociaciones, como ha anunciado el Gobierno, para que no se dé la espalda a los hogares con más hijos y se mantenga este apoyo económico “que es fundamental para las familias numerosas, que viven al día y no son familias con rentas altas”. De hecho, el bono ya está limitado en forma de potencia máxima contratable y también en relación con el consumo bonificable, “un límite que se estableció precisamente para que no se bonificaran prácticas que no estuvieran dentro de las necesidades básicas y normales de una familia con hijos, que es poner lavadoras y lavavajillas”, explican fuentes de la FEFN.
Solo la mitad tiene el bono
En relación con los beneficiarios del bono social, las familias numerosas representan el 26,63% del total de hogares acogidos a esta tarifa y el 54% de todo el colectivo, es decir, solo la mitad de las familias numerosas (1 de cada 2) están acogidas a esta tarifa social. En número de familias, son 460.244 familias (enero de 2026) de las 851.156 familias numerosas con título en vigor (2024) que hay en España y 117.000 son familias numerosas vulnerables severas, es decir, que no superan un umbral de renta de 16.800 euros al año.
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The European Large Families Confederation (ELFAC)
Delegados de toda Europa se reúnen en Bruselas para el 5º Congreso de la Red Europea de Municipios Familiares |
| Celebrado en el corazón del Barrio Europeo en el Comité Europeo de las Regiones el 11 de febrero, el Congreso reunió a asistentes de más de 10 países para debatir el tema «Políticas de Libre Estancia, Familia y Cohesión para el Desarrollo Territorial. |
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Energía: un nuevo decreto establece mayor protección, información y garantías para las familias con el bono social de la luz
El Consejo de Ministros ha probado un Real Decreto por el que se aprueba el Reglamento general de suministro, comercialización y agregación de energía eléctrica, que establece el régimen jurídico aplicable a estas actividades minoristas del sector eléctrico e incrementa os niveles de protección de los consumidores, especialmente los hogares y los consumidores vulnerables.
El nuevo marco normativo recoge varias medidas, algunas que afectan directamente a los beneficiarios del bono social, entre los que se encuentran las familias numerosas. Entre otras cosas, se establece la obligación de las compañías de informar adecuadamente a los usuarios sobre lo que supone un cambio de tarifa. Así, cuando un consumidor con bono social quiere cambiar al mercado libre, el nuevo comercializador, además de presentarle la estimación anual de la diferencia entre el precio que paga y el que pagará tras el cambio, como a cualquier consumidor, deberá recabar su consentimiento expreso e informar mensualmente a la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) de estas renuncias por parte de los consumidores vulnerables, para que puedan comprobarse.
Además, con este nuevo Real Decreto:
- Se prohíben las llamadas comerciales y la contratación telefónica, salvo petición expresa del consumidor, salvo que sea él el que llame a la compañía para pedir información o un cambio de tarifa..
- Se agilizan los procesos de cambio de suministrador, aumentando la información relativa al cambio e impidiendo los compromisos de permanencia y las penalizaciones por rescisión de contrato
- Los consumidores con bono social deberán dejar constancia escrita de su voluntad de abandonarlo al contratar en el mercado libre y las empresas informarán mensualmente de estas renuncias a la CNMC
- Las comunidades autónomas y las entidades locales podrán declarar como esenciales los suministros de los beneficiarios del bono social para evitar que se les corte la luz en caso de impago de la factura
- Suben las exigencias de calidad y transparencia sobre los servicios de atención al cliente, reclamaciones y solución de conflictos
+ Información sobre el nuevo marco normativo AQUI – Acceso al Real Decreto AQUÍ
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Iniciativa Legislativa Popular (ILP): Cribado Neonatal Universal y Equitativo
¿Qué es el cribado neonatal?
El cribado neonatal, también conocido como la «prueba del talón», es un conjunto de pruebas que se realizan a todos los recién nacidos para detectar enfermedades graves que no presentan síntomas al nacer pero que pueden causar discapacidad o incluso la muerte si no se tratan a tiempo.
Estas pruebas consisten en extraer unas gotas de sangre del talón del bebé entre las 48 y 72 horas de vida, que se analizan para detectar diversas enfermedades metabólicas, endocrinas y otras patologías.
La detección precoz permite iniciar tratamientos antes de que se produzcan daños irreversibles, cambiando radicalmente el pronóstico y la calidad de vida de los afectados.
¿Por qué es necesaria esta ILP?
Actualmente en España existe una desigualdad territorial en cuanto al número de enfermedades incluidas en el cribado neonatal:
- Hay comunidades autónomas que solo analizan 7 enfermedades.
- Otras comunidades analizan hasta 20 o más enfermedades.
- Esta desigualdad significa que la detección precoz de ciertas enfermedades depende del lugar de nacimiento del bebé.
Esta situación contradice el principio de equidad del Sistema Nacional de Salud y vulnera el derecho a la igualdad en el acceso a la atención sanitaria.
Nuestra ILP busca establecer un cribado neonatal ampliado y homogéneo en todo el territorio nacional, para que todos los bebés, independientemente de su lugar de nacimiento, tengan las mismas oportunidades de diagnóstico precoz y tratamiento.
Aquí podéis encontrar toda la información y el enlace para apoyar la iniciativa:
👉 https://www.boreal.es/ilp/ley-cribado-neonatal, para ampliar información 616911152 Helena Carpio
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La Asociación de Familias Numerosas de Madrid, ha presentado un recurso contencioso-administrativo contra el Ayuntamiento de Madrid
Por considerar una “exclusión injusta y discriminatoria” de los hijos no nacidos —nasciturus— en el cómputo de puntos para la adjudicación de plazas en las escuelas infantiles municipales de primer ciclo (0 a 3 años).
El 9 de febrero en Madrid – El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 22 ha estimado parcialmente el recurso de la Asociación de Familias Numerosas de Madrid (AFNM) a través del letrado IÑIGO MARTINEZ DE ARTOLA SILVA, quien dice: «la sentencia ha dejado en evidencia una práctica municipal injusta, arbitraria y claramente perjudicial para las familias.»


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El Supremo decidirá si las reducciones fiscales por familia numerosa se aplican desde el embarazo
La Abogacía de la Comunidad de Madrid está recurriendo ante órganos como el Tribunal Económico Administrativo Regional y el Tribunal Superior de Justicia de Madrid contra la aplicación de una reducción fiscal en el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP) para familias numerosas que cuentan con un hijo en gestación al comprar su vivienda habitual. Según ese criterio, para poder aplicar el tipo reducido (por ejemplo, del 4 % en lugar del 6 % en Madrid), la familia tendría que tener ya el título de familia numerosa reconocido en el momento de la compraventa, y no basta con estar esperando el nacimiento del tercer hijo — lo que podría dejar fuera a muchas parejas que están a punto de ampliar la familia. Enlaces: https://www.lawandtrends.com/noticias/tributario/la-abogacia-de-la-cam-contraria-a-que-futuras-familias-numerosas-se-beneficien-de-la-reduccion-de-transmisiones-1.html
Por su parte, el Tribunal Supremo ha admitido a trámite un recurso de casación para decidir si dichas reducciones fiscales pueden aplicarse aunque el tercer hijo aún no haya nacido pero sí esté en gestación, lo que podría ser determinante para familias que compran vivienda antes del nacimiento. El Alto Tribunal examinará si la gestación del bebé puede considerarse —solo a efectos fiscales— como parte de la unidad familiar para obtener el beneficio, una decisión que podría suponer miles de euros de diferencia en el ITP y marcar doctrina para toda España.
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