Para solicitar y reclamar este complemento por la brecha de género, si la pensión la has empezado a cobrar a partir del 1 de enero de 2016 o desde el 4 de febrero de 2021.
Te explicamos por qué:
Antes del 4 de febrero de 2021, el complemento que existía se llamaba «complemento por maternidad» y, aunque la ley no lo decía explícitamente, en la práctica solo se lo daban a las mujeres. Los padres que lo querían tenían que ir a juicio y pelearlo, basándose en sentencias europeas que decían que era discriminatorio. Era un camino más largo y con más papeleo.
A partir del 4 de febrero de 2021, la ley cambió y se creó un nuevo complemento que se llama «complemento para la reducción de la brecha de género». Este nuevo complemento ya está diseñado para que tanto hombres como mujeres puedan pedirlo directamente a la Seguridad Social, siempre que cumplan los requisitos (tener hijos y que su pensión haya empezado a partir de esa fecha)”.
En resumen:
• Antes del 4/2/2021: Los padres tenían que reclamar el «complemento por maternidad» por vía judicial, demostrando discriminación. Era una batalla legal.
• A partir del 4/2/2021: Los padres pueden solicitar el «complemento para la reducción de la brecha de género» directamente por vía administrativa, sin necesidad de ir a juicio de primeras, porque la ley ya lo contempla para ellos.
¿Cómo se pide?
1. Hay que presentar un escrito al INSS (Seguridad Social).
2. Adjuntar documentos como tu DNI, la resolución de tu pensión, los certificados de nacimiento de tus hijos y el libro de familia.
3. Si te lo deniegan o no te contestan, se puede presentar una reclamación previa y, si sigue sin resolverse, ¡se puede ir a juicio!



