Afan Majadahonda - Asociacion de Familias Numerosas de Majadahonda

Afan Majadahonda - Asociacion de Familias Numerosas de Majadahonda

Cuida a tu familia, es lo más importante

Móvil: 644 362 693
Email: info@afanmajadahonda.org

Contacta  ¿Eres empresa?, Únete
  • Quiénes somos
  • Asóciate
  • Beneficios
  • Actividades
  • Noticias
  • Enlaces de interés
SUSCRÍBETE AL BOLETÍN
0
Afan Majadahonda
jueves, 05 marzo 2020 / Published in Noticias

10 preguntas sobre el complemento por hijos en las pensiones y cómo reclamarlo en el caso de los hombres

Te contamos todo lo que debes saber de esta medida para que puedas solicitarla si te has jubilado recientemente o vas a hacerlo próximamente.

1) ¿Qué es el complemento por hijos en la pensión y quién lo recibe?
Es un complemento que, desde el 1 de enero de 2016, perciben al jubilarse las mujeres que han tenido al menos 2 hijos.

2) ¿Qué supone el complemento en términos económicos?
El complemento incrementa la cuantía de la pensión un 5% en el caso de tener 2 hijos; un 10% si se han tenido 3 y un 15% en el caso de tener 4 o más hijos. Puede suponer recibir cada mes una media de 50 ó 60 euros más, pero esta cantidad puede ser muy superior, depende de la pensión y del número de hijos que se hayan tenido.

3) ¿Lo reciben solo las mujeres?
Sí, se creó como complemento “por maternidad” y sólo se aplica a las madres, es decir a las mujeres que hayan tenido hijos (con un mínimo de 2).

4) ¿Por qué ahora de repente los hombres lo pueden reclamar?
Porque hay una sentencia del Tribunal de Justicia Europeo del pasado mes diciembre, que ampara la reclamación de los padres, al establecer que dar este complemento por hijos solo a las mujeres es contrario a la Directiva Europa de Igualdad y supone discriminar a los hombres, ya que ellos también hacen aportación demográfica.

5) ¿Quién puede reclamarlo entonces?
Los hombres que hayan tenido 2 o más hijos y se hayan jubilado y es válido para los que estén cobrando pensión de jubilación, de viudedad o incapacidad permanente. La reclamación no es posible en los casos de jubilación anticipada.

6) ¿Sólo se aplica a las jubilaciones posteriores a 2016?
El complemento por maternidad entró en vigor el 1 de enero de 2016 y se empezó a aplicar a las mujeres que se jubilaron a partir de esa fecha. Por ello, en principio, la reclamación de los hombres sería posible para aquellos que se hayan jubilado desde enero de 2016. No obstante, la Federación Española de Familias Numerosas está consultando la posibilidad de que se pueda también reclamar en caso de jubilaciones anteriores a esa fecha.

7) ¿Cómo y dónde se puede reclamar?
Hay que presentar una solicitud ante el Instituto Nacional de la Seguridad Social con el modelo que facilita la Federación Española de Familias Numerosas (FEFN) elaborado por un especialista en Derecho Laboral y Seguridad Social, y que puede descargarse AQUÍ. Tal y como se indica en el propio modelo de reclamación elaborado por la FEFN, este documento, una vez cumplimentado, se debe acompañar de copia de la resolución de la pensión y copia del libro de familia para acreditar la paternidad/maternidad. En el caso de los funcionarios, la solicitud se debe presentar ante la Dirección General de Costes de Personal.

8) ¿Al presentar la reclamación empezaré ya a percibir el complemento en mi pensión?
No, se trata de una reclamación y, como tal, conlleva un proceso en el que la administración tendrá que dar respuesta y determinar si se aplica o no el complemento. Animamos a los padres que reclamen y peleen por este complemento que reconoce lo que han aportado a través de sus hijos. Confiamos en que el Gobierno no haga oídos sordos a las reclamaciones de los padres y a la sentencia del Tribunal Europeo.

9) ¿Qué supone la sentencia del Tribunal Europeo para el Gobierno español?
El Gobierno puede o no recurrir la sentencia del Juzgado de lo Social número 3 de Gerona, que dio origen a la cuestión prejudicial y, en su caso, en caso de ser recurrida, se desconoce hasta qué órgano judicial pudieran alcanzar los recursos. O bien, podría adaptar la normativa con objeto de ajustarse a la directiva europea.

10) ¿Si quiero reclamar, hasta cuándo puedo hacerlo? No hay un plazo determinado. Sin embargo, para aquellos padres que quieran cobrar los atrasos desde el 1 de enero de 2016 se recomienda hacerlo en los tres meses desde que se dictó la sentencia del Tribunal de Justicia Europeo, es decir es aconsejable hacerlo antes del 12 de marzo de 2020. No obstante, se puede presentar reclamación para solicitar el complemento con posterioridad a esa fecha. 

What you can read next

La Comunidad de Madrid abre el plazo de solicitudes para las Ayudas al Alquiler
Casting Ikea con familias numerosas
Invitación » Jueves en Familia» 27 de abril

Recent Posts

  • Municipios en Familia- Propuestas municipales en favor de la Familia Numerosa

    La familia numerosa es garantía de futuro. Gara...
  • Klinema es una herramienta de control parental-30% de descuento para socios

    Klinema es una herramienta de control parental ...
  • Becas para el primer ciclo de Educación Infantil en centros privados autorizados (2025-2026)

    Becas para la escolarización de niños matricula...
  • ATG Entertainment- ofertas especiales para socios

    FEDMA llega a un acuerdo con ATG Entertainment ...
  • The European Large Families Confederation (ELFAC)

    Newsletter – Confederación Europea de Familias ...

Archives

  • junio 2025
  • mayo 2025
  • abril 2025
  • marzo 2025
  • febrero 2025
  • enero 2025
  • diciembre 2024
  • noviembre 2024
  • octubre 2024
  • septiembre 2024
  • agosto 2024
  • julio 2024
  • junio 2024
  • mayo 2024
  • abril 2024
  • marzo 2024
  • febrero 2024
  • enero 2024
  • diciembre 2023
  • noviembre 2023
  • octubre 2023
  • septiembre 2023
  • agosto 2023
  • julio 2023
  • junio 2023
  • mayo 2023
  • abril 2023
  • marzo 2023
  • febrero 2023
  • enero 2023
  • diciembre 2022
  • noviembre 2022
  • octubre 2022
  • septiembre 2022
  • agosto 2022
  • julio 2022
  • junio 2022
  • mayo 2022
  • abril 2022
  • marzo 2022
  • febrero 2022
  • enero 2022
  • diciembre 2021
  • noviembre 2021
  • octubre 2021
  • septiembre 2021
  • julio 2021
  • junio 2021
  • mayo 2021
  • abril 2021
  • marzo 2021
  • febrero 2021
  • enero 2021
  • diciembre 2020
  • noviembre 2020
  • octubre 2020
  • septiembre 2020
  • agosto 2020
  • julio 2020
  • junio 2020
  • mayo 2020
  • abril 2020
  • marzo 2020
  • febrero 2020
  • enero 2020
  • diciembre 2019
  • noviembre 2019
  • octubre 2019
  • septiembre 2019
  • julio 2019
  • junio 2019
  • mayo 2019
  • abril 2019
  • marzo 2019
  • febrero 2019
  • enero 2019
  • diciembre 2018
  • noviembre 2018
  • octubre 2018
  • septiembre 2018
  • julio 2018
  • junio 2018
  • mayo 2018
  • abril 2018
  • marzo 2018
  • febrero 2018
  • enero 2018
  • diciembre 2017
  • noviembre 2017
  • octubre 2017
  • septiembre 2017
  • agosto 2017
  • julio 2017
  • junio 2017
  • mayo 2017
  • abril 2017
  • marzo 2017
  • febrero 2017
  • enero 2017
  • diciembre 2016
  • noviembre 2016
  • octubre 2016
  • septiembre 2016
  • agosto 2016
  • julio 2016
  • junio 2016
  • mayo 2016
  • abril 2016
  • marzo 2016
  • febrero 2016
  • enero 2016
  • diciembre 2015
  • noviembre 2015
  • octubre 2015
  • septiembre 2015
  • agosto 2015
  • julio 2015
  • junio 2015
  • mayo 2015
  • abril 2015
  • marzo 2015
  • febrero 2015
  • enero 2015
  • diciembre 2014
  • noviembre 2014
  • octubre 2014
  • septiembre 2014
  • agosto 2014
  • julio 2014
  • junio 2014
  • mayo 2014
  • abril 2014
  • marzo 2014
  • febrero 2014
  • enero 2014
  • diciembre 2013
  • noviembre 2013
  • octubre 2013
  • septiembre 2013
  • agosto 2013
  • julio 2013
  • junio 2013
  • mayo 2013
  • abril 2013
  • marzo 2013
  • febrero 2013
  • enero 2013
  • diciembre 2012
  • noviembre 2012
  • octubre 2012
  • septiembre 2012
  • julio 2012
  • junio 2012
  • enero 2012
  • enero 1970

Categories

  • Actividades
  • Alimentación
  • Alojamiento
  • Automoción
  • Banca
  • Beneficios
  • Educación
  • Hogar
  • Libros
  • Moda
  • Noticias
  • Ocio
  • Ofertas de empleo
  • Salud
  • Seguros
  • Tecnología
  • Varios
  • Viajes

Featured Posts

  • Municipios en Familia- Propuestas municipales en favor de la Familia Numerosa

    0 comments
  • Klinema es una herramienta de control parental-30% de descuento para socios

    0 comments
  • Becas para el primer ciclo de Educación Infantil en centros privados autorizados (2025-2026)

    0 comments
  • ATG Entertainment- ofertas especiales para socios

    0 comments
  • The European Large Families Confederation (ELFAC)

    0 comments

AFAN MAJADAHONDA

  • Quiénes Somos
  • Asóciate
  • Beneficios
  • Actividades
  • Noticias
  • Enlaces de interés
  • Ofertas de empleo
  • Demanda de Empleo
  • Empresas

CONTACTO

Móvil: 644 362 693
Email: info@afanmajadahonda.org

AFAN MAJADAHONDA

Boletín electrónico de AFAN MAJADAHONDA

¡Suscríbete al boletín!

  • GET SOCIAL

Aviso legal y condiciones de uso | Política de privacidad y cookies Federación Madrileña de Familias Numerosas

TOP
Esta web utiliza cookies. Puedes ver aquí la Política de Cookies. Si continuas navegando estás aceptándola.    Ver
Privacidad