PREGUNTAS FRECUENTES

La Ley y regulación sobre Familias numerosas establece que es familia numerosa la compuesta por tres o más hijos, junto con progenitor/es o tutor/es, acogedores o guardadores legales.

Hay casos excepcionales donde se reconoce a la familia con 2 hijos como familia numerosa cuando:

  • Si existe un grado de discapacidad reconocido o De uno de los padres superior al 65% o los dos con 33% o De los hijos que sea superior al 33% • El padre o la madre con dos hijos, cuando haya fallecido el otro progenitor
  • 2 hermanos huérfanos sometidos a tutela, acogimiento familiar permanente, acogimiento preadoptivo o guarda.
  • 3 o mas hermanos huérfanos, mayores de 18 años, o dos, si uno de ellos es discapacitado, conviven y tiene dependencia económica entre ellos.

Beneficios sociales. (*)

La Comunidad de Madrid establece determinados beneficios sociales, así como deducciones fiscales a los beneficiarios del título de familia numerosa:

1). Por la contratación de cuidadores en familias numerosas: La contratación de cuidadores en familias numerosas dará derecho a una bonificación del 45 por 100 de las cuotas a la Seguridad Social a cargo del empleador en las condiciones que legal o reglamentariamente se establezcan.  

2). En materia de vivienda: Acceso a ayudas financieras, subsidiación de préstamos, facilidades para cambio de vivienda en caso de incremento del número de miembros, adaptación en caso de discapacidades, alquileres, preferencia en el acceso a viviendas protegidas. (*) (Ley 40/2003, de 18 de noviembre, de Protección a las Familias Numerosas (BOE nº 277, de 19 de noviembre).) Consejería de Asuntos Sociales Instituto Madrileño de la Familia y el Menor

3). Agua: Descuentos en la factura del agua. Se factura por tramos de consumo (paga más el que consume más). https://sede.madrid.es/portal/site/tramites/menuitem.d3089948cb18b1bb68d8a521ecd08a0c/?vgnextoid=c16eda34feaed010VgnVCM2000000c205a0aRCRD&vgnextchannel=23a99c5ffb020310VgnVCM100000171f5a0aRCRD

4). Luz: Para beneficiarse de los descuentos en la factura de la luz tiene que estar en posesión del bono social. Aunque en la última Reforma Energética (2013) del Gobierno del PP se ha excluido a las familias numerosas del acceso al Bono Social.

https://www.minetur.gob.es/energia/tur/bonosocial/paginas/bonosocial.aspx

5). Adquisición de vehículos: Deducción en el Impuesto de Matriculación Agencia Tributaria (*) ( Ley 14/2000, de 29 de diciembre BOE , nº 313, de 30 de diciembre) La base imponible del impuesto, denominada conforme a lo previsto en el artículo 69, será objeto de una reducción del 50 por 100 de su importe respecto de los vehículos automóviles con una capacidad homologada no inferior.

(*)(Más información en la Agencia Tributaria).

Beneficios en materia de actividades y servicios públicos.(*)

6). En Educación

- Derechos de preferencia para conseguir becas, reducción del 50% (para categoría general) o exención (para la categoría especial) de tasas y precios públicos en el ámbito de la educación (matrículas, exámenes, expedición de títulos y diplomas).

 - Derecho al subsidio para el transporte y comedor por necesidades educativas especiales asociadas a la discapacidad.  

7). En transporte: Descuento en el abono transportes (del 20 % en categoría general o del 50 % en categoría especial)., así como en la utilización de los servicios regulares de transporte de viajeros por carretera, ferrocarril, transporte marítimo y aéreo nacional.

8)Actividades de ocio y tiempo libre

- Reducción de 50% en el precio de entrada a museos, auditorios y teatros de titularidad estatal.

- Descuentos en empresas privadas: entradas de cine, parques temáticos, hoteles, restaurantes, tiendas, seguros, etc.

 - Descuentos en instalaciones deportivas (Ayuntamiento).  

9). Bonificaciones para familias numerosas sobre Impuesto sobre Bienes Inmuebles (I.B.I.):

 Dirigirse al Ayuntamiento donde esté empadronado. Cada Ayuntamiento se regirá por la Ordenanza fiscal reguladora del Impuesto sobre Bienes Inmuebles.

(*) (Ley 40/2003, de 18 de noviembre, de Protección a las Familias Numerosas (BOE nº 277, de 19 de noviembre).)

Consejería de Asuntos Sociales Instituto Madrileño de la Familia y el Menor

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